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  1. El perdón del infractor Fiscal

    El perdón del infractor Fiscal

    MXN 35,00

    Con mucho entusiasmo, pero con poca reflexión, los legisladores han impulsado una reforma del sistema penal mexicano apresurada, que presenta inconsistencias entre los preceptos constitucionales aprobados y que denota la apremiante necesidad de reflexionar respecto de los principios, valores y orientación que regirán las relaciones de los órganos acusadores del Estado con los gobernados. Saber más
  2. Ilegalidades en el dictamen de estados financieros

    Ilegalidades en el dictamen de estados financieros

    MXN 35,00

    El dictamen de estados financieros ha sido a través del tiempo, una herramienta valiosa que ha permitido a las autoridades fiscales allegarse de información sobre el cumplimiento de las disposiciones fiscales de los contribuyentes, responsables solidarios y terceros con ellos relacionados. Saber más
  3. Amparo contra la orden de visita domiciliaria

    Amparo contra la orden de visita domiciliaria

    MXN 35,00

    Las Salas del H. Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, están impedidas para resolver situaciones jurídicas de constitucionalidad, pues sólo corresponde a los órganos respectivos del Poder Judicial de la Federación; ellos tienen la facultad para determinar cuando un Reglamento es ilegal por contraponerse a la Ley, el tribunal fiscal carece de competencia para estudiar y resolver sobre ello. Saber más
  4. Notificaciones fiscales realizadas por terceros, ilegales

    Notificaciones fiscales realizadas por terceros, ilegales

    MXN 35,00

    En estos tiempos, la autoridad fiscal federal, se ha apoyado en terceras personas, con el objeto de practicar notificaciones a los particulares, lo que consideramos impropio e ilegal y por ello haremos las siguientes consideraciones. Saber más
  5. Deducciones fiscales

    Deducciones fiscales

    MXN 35,00

    Sería fácil para las personas morales determinar la utilidad fiscal del ejercicio y el Impuesto Sobre la Renta si las disposiciones fiscales fueran fáciles de interpretar y como consecuencia fáciles de cumplir, sobre todo en materia de requisitos de las deducciones. Saber más
  6. Indebida fundamentación de las órdenes de visita emitidas por los estados

    Indebida fundamentación de las órdenes de visita emitidas por los estados

    MXN 35,00

    La orden de visita domiciliaria es un acto administrativo dirigido hacia los contribuyentes que constituye el inicio de las facultades de fiscalización por parte de la autoridad, siendo ésta el documento público emitido por autoridad competente que da lugar a que funcionarios adscritos al Servicio de Administración Tributaria o a las autoridades fiscales de las Entidades Federativas, según sea el caso, generen actos de molestia en el domicilio fiscal del contribuyente al que va dirigida, esto es, la orden de visita domiciliaria es un documento público que autoriza a los funcionarios que expresamente se encuentran señalados en ella, para que se introduzcan en el domicilio del contribuyente visitado con la finalidad u objeto de comprobar el cumplimiento de las disposiciones fiscales Saber más
  7. Revista Diciembre 2008

    Revista Diciembre 2008

    MXN 80,00

    1. El perdón del infractor Fiscal
    2. Ilegalidades en el dictamen de estados financieros
    3. Amparo contra la orden de visita domiciliaria
    4. Cómo combatir una presuntiva de ingresos
    5. Notificaciones fiscales realizadas por terceros, ilegales
    6. Deducciones fiscales
    7. Indebida fundamentación de las órdenes de visita emitidas por los estados Saber más
  8. La era de los “blindajes”

    La era de los “blindajes”

    MXN 35,00

    Desde hace algunos años, pero dentro del México reciente, a uno de nuestros secretarios de Hacienda se le ocurrió utilizar la palabra “blindaje” para hacernos sentir alguna seguridad con respecto al estado que tenía la economía nacional. Saber más
  9. Visitas domiciliarias; Violatorias de las garantías y los derechos humanos

    Visitas domiciliarias; Violatorias de las garantías y los derechos humanos

    MXN 35,00

    Las visitas domiciliarias quebrantan la garantía de inviolabilidad del domicilio, y el derecho fundamental a no ser objeto de injerencias abusivas o arbitrarias
    en el domicilio o vida privada, toda vez que permiten a los visitadores el acceso ilimitado todas las instalaciones de los contribuyentes, sin ceñirse únicamente a la revisión de la contabilidad, o a la inspección del lugar donde se encuentra ésta, sin establecer qué se busca o qué fin tiene el acceder a todo espacio físico. Saber más
  10. Los alegatos en el Juicio Contencioso Administrativo

    Los alegatos en el Juicio Contencioso Administrativo

    MXN 35,00

    Habiendo terminado en el proceso contencioso administrativo las etapas postulatoria (la conciliatoria no existe en este juicio) y probatoria, vienen las fases conclusiva, decisoria (sentencia) e impugnativa, por lo que a fin de agotar cabalmente la instrucción y antes de que ésta quede cerrada por ministerio de ley, debido a que ya no hay diligencias pendientes de realizar ni incidentes que resolver de previo y especial pronunciamiento, se abre el último estado de instrucción en el juicio contencioso administrativo, como lo es la etapa denominada preconclusiva o conclusiva, que comprende el período de alegatos de las partes. Saber más
  11. Impuesto Predial 2008 en el DF., inconstitucional

    Impuesto Predial 2008 en el DF., inconstitucional

    MXN 35,00

    El procedimiento previsto en los Artículos 148; 149, fracción I y 152, fracción I del Código Financiero del Distrito Federal, que incluye la aplicación de las tablas de valores unitarios y las normas de aplicación contenidas en el Artículo 2º del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 27 de diciembre de 2007, para el pago del impuesto predial correspondiente a 2008, vulneró las garantías tributarias previstas en el artículo 31 Constitucional, dejando un vació legal para la determinación del citado impuesto. Saber más
  12. Defensa contra el PAE, antes de la convocatoria de remate

    Defensa contra el PAE, antes de la convocatoria de remate

    MXN 35,00

    Sin lugar a dudas las diversas interpretaciones hechas por las doctrinarios, acerca del momento en que se puede instaurar la defensa fiscal del PAE (Procedimiento Administrativo de Ejecución), así cómo de algunas resoluciones de las diversas Salas del TFJFA (Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa), han hecho pensar que ya no queda más remedio que no sea el de rendirse a los pies del tirano recaudador, al interponer los medios de defensa en contra de dichos procedimientos, y en consecuencias esperar a la publicación de la convocatoria de remate, y siempre dentro de los diez días siguientes a la fecha de publicación de la citada convocatoria. Saber más
  13. El valor de los activos intangibles

    El valor de los activos intangibles

    MXN 35,00

    En la actualidad una gran cantidad de empresas cuenta con activos intangibles que les ha permitido posicionarse en el mercando, sin embargo, estos activos en muchas ocasiones no se encuentran identificados, a pesar que son de vital importancia para la empresa. Saber más
  14. Los juzgados especiales para resolver amparos del IETU, Inconstitucionales

    Los juzgados especiales para resolver amparos del IETU, Inconstitucionales

    MXN 35,00

    Con la iniciativa del ejecutivo en el mes de abril del año próximo pasado, se da a conocer la creación de una nueva contribución, denominada en aquel entonces como Contribución Empresarial de Tasa Única, –CETU–, nombre que se modificó con el avance de su proceso de formación culminado como actualmente se denomina, Impuesto Empresarial de Tasa Única, que no sólo es para la actividad empresarial pues abarca otras actividades como la prestación de servicios independientes y el arrendamiento de bienes. Saber más
  15. Revista Noviembre 2008

    Revista Noviembre 2008

    MXN 80,00

    1. La era de los “blindajes”
    2. Visitas domiciliarias; Violatorias de las garantías y los derechos humanos
    3. Los alegatos en el Juicio Contencioso Administrativo
    4. Impuesto Predial 2008 en el DF., inconstitucional
    5. Defensa contra el PAE, antes de la convocatoria de remate
    6. La inexistencia de la independencia judicial El caso del IETU
    7. El valor de los activos intangibles
    8. Los juzgados especiales para resolver amparos del IETU, Inconstitucionales Saber más
  16. ¿También fascismo fiscal?

    ¿También fascismo fiscal?

    MXN 35,00

    Al o largo de los milenios, la historia sólo nos mostró al tributo en dos de sus modalidades o facetas: la “terrorista”, que prevaleció desde los orígenes del hombre hasta hace un par de siglos, y la “legalista”, que ha venido imperando mundialmente en este último período. Saber más
  17. El delito equiparado al contrabando y su inconstitucionalidad

    El delito equiparado al contrabando y su inconstitucionalidad

    MXN 35,00

    Tomando como ejemplo el Artículo 105 del Código Fiscal de la Federación, que en lo conducente dice: “Artículo 105.- Será sancionado con las mismas penas del contrabando, quien: ... no declare en la aduana a la entrada al país o a la salida del mismo, que lleva consigo cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores al equivalente en la moneda o monedas de que se trate a treinta mil dólares de los Estados Unidos de América se le sancionará con pena de prisión de tres meses a seis años. Saber más
  18. La incompetencia del administrador local de auditoría fiscal

    La incompetencia del administrador local de auditoría fiscal

    MXN 35,00

    Desde hace tiempo he venido haciendo valer el siguiente concepto de impugnación relativo a la indebida fundamentación y motivación del Administrador Local de Auditoría Fiscal para emitir las órdenes de visita domiciliaria y revisiones de gabinete, en cuanto señala el artículo 2º, primer y tercer párrafo como fundamento de la competencia de dicho Administrador; el referido concepto de impugnación señala lo siguiente: Saber más
  19. A la luz del “Principio Perimétrico” Hemos pagado impuestos sin obligación legal de hacerlo

    A la luz del “Principio Perimétrico” Hemos pagado impuestos sin obligación legal de hacerlo

    MXN 35,00

    El objetivo de este estudio es encontrar la forma jurídica adecuada de aplicar los convenios para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta que México ha celebrado con diversos países (en adelante, los tratados fiscales), a efecto de que, tanto autoridad como contribuyentes, se ubiquen en todo momento en un escenario claramente regulado en el que se respeten los principios constitucionales inherentes y por ende, prevalezca la certeza jurídica, base del desarrollo de nuestro país. Saber más
  20. Acuerdo de suspensión provisional El beso de Judas en pleno siglo XXI

    Acuerdo de suspensión provisional El beso de Judas en pleno siglo XXI

    MXN 35,00

    Es difícil encontrar un juez o magistrado que conozca la figura de los principios de periculum in mora (peligro en la demora) y fomus bonis iuris (apariencia del buen derecho) en materia penal cuando se promueve el amparo contra la orden de aprehensión, sobre todo cuando no son delitos graves–e incluso siéndolos–, y eso sucede porque los acuerdos de suspensión son elaborados por jóvenes secretarios que de las aulas se van a trabajar a los tribunales de justicia, y por obvias razones no tienen la experiencia necesaria para analizar la procedencia de la suspensión provisional o definitiva, creyendo que llenar el machote heredado es dar justicia, porque a su edad tampoco pueden entender lo que es la garantía constitucional de la libertad y la vida, la cual desde luego no está en los libros, ni en grandes tratados, ni en lo que diga la Corte en su último criterio, ni lo que diga el presidente de Derechos Humanos. Saber más

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